lunes, mayo 29, 2006

"Habrá sociedades disconformes con decisiones"


Entrevista a superintendente de Casinos, Francisco Javier Leiva

· La entidad entregará esta semana su evaluación de los siete proyectos de casinos en competencia para la Región del Biobío.
· Señala que toda la información del proceso ha sido entregada a los medios de comunicación, para hacer transparentes las decisiones.
· “Estoy en conocimiento de que en la región existen dudas respecto de varios proyectos”, aseguró.

Por Nello Rolleri V.

La posibilidad de que la Región del Biobío se transforme en un destino turístico importante, que implicaría crear más fuentes de empleo, es lo que está en juego con el primer proceso de adjudicación de permisos para operar hasta tres casinos, con una concesión a 15 años, que se resolverá en los próximos dos meses.
Como se trata de grandes proyectos, con inversiones que pueden superar los US$ 90 millones, y que afectarán directamente a las comunas del Gran Concepción, la autoridad más calificada para referirse el tema es el superintendente de Casinos de Juego (SCJ), Francisco Javier Leiva Vega. Pese a la gran presión de trabajo que tiene, este ingeniero civil industrial accedió a conversar con EL SUR.
-¿Cómo sigue el proceso ahora que se han pronunciado los municipios y Gobiernos Regionales?
-Tal y como lo señalan la ley 19.995 y el decreto supremo 211 de 2005 del Ministerio de Hacienda, los gobiernos regionales de la Segunda, Tercera, Octava, Novena, Décima, Undécima y Duodécima regiones, y los quince concejos municipales llamados a pronunciarse, emitieron los informes correspondientes; al igual que el Servicio Nacional de Turismo (Sernatur) y el Ministerio del Interior.
Simultáneamente, en la Superintendencia estamos finalizando la etapa de evaluación de proyectos de las 31 sociedades postulantes en las siete regiones mencionadas, ya que tengo, como superintendente, hasta el 1 de junio próximo para presentar informes respecto de todos los proyectos, con una propuesta de asignación o denegación de permiso de operación ante el Consejo Resolutivo de la SCJ.
La propuesta será elaborada sobre la base de aquellos proyectos que hayan obtenido al menos 1.200 puntos como resultado de la evaluación técnica.
Luego, el Consejo Resolutivo cuenta legalmente con 60 días corridos para resolver el otorgamiento o denegación de los permisos de operación, plazo que abarca desde el 1 de junio hasta el 31 de julio.
-¿Cuándo se conocerá la calificación o puntaje total de los proyectos?
-Ya dimos a conocer regionalmente los resultados de los informes del Ministerio del Interior, Sernatur y los pronunciamientos de los gobiernos regionales y municipalidades. Los informes de evaluación que presentaré ante el Consejo Resolutivo para que adopte las decisiones de otorgamiento o denegación de permisos de operación, estarán a disposición de los medios de comunicación y de las sociedades postulantes que lo soliciten a la Superintendencia.
El artículo 30 del decreto 211 indica que, por un lado, los informes sólo pueden ser públicos una vez que el Consejo Resolutivo se haya pronunciado y que, por otra parte, su conocimiento debe efectuarse en las oficinas de la Superintendencia.
Debido a que el otorgamiento de permisos es centralmente un tema de interés regional, a la necesaria transparencia con la que debemos seguir actuando, y a la importancia de que los medios regionales se informen de primera fuente, la Superintendencia les enviará los informes de evaluación que soliciten cuando el Consejo Resolutivo se haya pronunciado.

Aclara discusión ambiental

-¿Qué ocurre si un proponente obtiene un permiso para operar un casino y luego no obtiene otros para ejecutar su obra, por ejemplo, una evaluación de impacto ambiental?
-Entiendo el origen de la preocupación y estoy en conocimiento de que en la región existen dudas respecto de varios proyectos. También sé que se ha planteado que la Superintendencia emitió un oficio que obligaría a los postulantes a presentar en la etapa de evaluación todos los estudios y autorizaciones de entes competentes asociados a la construcción y funcionamiento de cada uno de los proyectos.
-¿Y eso no es efectivo?
-No. El oficio al que se ha aludido se envió el 21 de noviembre de 2005. Allí se indica, en el marco de la obvia responsabilidad con la que las sociedades postulantes deben concursar, que debían informar acerca de la factibilidad y viabilidad técnica y legal de desarrollar el proyecto propuesto. Esto, remitiendo un estudio de títulos del inmueble donde se propone construir; un informe sobre la viabilidad técnica y legal de construir, desarrollar y/o explotar el proyecto en el inmueble correspondiente, considerando normas sobre edificación, uso de suelo, regulaciones ambientales, y cualquier otra disposición legal o administrativa que sea aplicable y que pueda afectar a la zona donde se proyecta la construcción. También se solicitó cualquier otro antecedente sobre la viabilidad técnica y legal de desarrollar el proyecto. Esa información fue recibida y se anexó a la carpeta de cada postulante que será revisada por el Consejo Resolutivo.

Permisos por etapa

-¿Por qué no se obliga, durante la evaluación de proyectos, a las sociedades a contar con todas las autorizaciones que se requieren en caso de que sean beneficiadas con un permiso de operación?
-Primero, estamos en un proceso de concurso en el que existe una cantidad limitada de permisos para un número de postulantes que presentan proyectos de envergadura y que, como se sanciona por incumplimiento en la ley 19.995 y como se recuerda en el oficio del 21 de noviembre, suponen que las postulantes formularon sus proyectos con criterios de viabilidad técnica y legal. Segundo, la ley y la normativa no disponen en la etapa de evaluación de proyectos, previa a la resolución definitiva, la obligación de presentar ante la Superintendencia todos los estudios y autorizaciones que implican los proyectos en caso de obtener un permiso de operación. Antes de conocer las decisiones del Consejo Resolutivo, la obtención formal de la totalidad de las autorizaciones es una decisión que ninguna de las sociedades tomó, porque no está establecida como obligación legal.
-¿Qué prescribe la ley en esta materia?
-Prescribe que una vez otorgados los permisos de operación, la Superintendencia debe fiscalizar el efectivo cumplimiento de las características técnicas de los proyectos en su construcción como, asimismo, la observancia del plazo máximo legal de dos años que tienen para iniciar la operación de cada casino; y de tres años para la puesta en operaciones del proyecto integral. Antes del vencimiento de los referidos plazos, la sociedad puede obtener de la Superintendencia una prórroga que sólo podrá ser otorgada por razones fundadas.

*Diario El Sur. Lunes 28 de mayo de 2006.

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